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Seguros obligatorios para agencias de viajes en 2019
Dentro de los seguros obligatorios para empresas están los seguros obligatorios para agencias de viajes. Podríamos decir que para las agencias de viajes las garantías y los seguros a aportar se pueden establecer en tres niveles. Todos ellos son esenciales para comenzar a operar y desarrollar la actividad con cobertura plena.
1. Seguro ante la Administración para agencias de viajes
Es el primer paso para abrir una agencia de viajes y dedicarse a la intermediación turística. La Administración exige depositar una determinada cantidad que depende de la comunidad autónoma en la que se establezca la empresa. En los últimos años estos requisitos financieros han cambiado para adaptarse a las garantías del consumidor que impone la UE.
Este dinero se puede aportar mediante ingreso a la Administración, seguro/póliza de caución o aval bancario. La mayoría de empresas apuestan por el seguro de caución, la forma más ventajosa y rápida para aportar grandes cantidades. No hay rastro de deudas para la empresa (no figura en CIRBE), se paga una cuota anual de seguro y no tienes que retener dinero ni pedir financiación.
Garantías financieras a aportar para agencias de viajes en España (por comunidades autónomas en 2019)
Aquí tienes el listado actualizado de las garantías a aportar para abrir una agencia de viajes en todas las comunidades autónomas de España:
Comunidad autónoma |
Garantía a aportar * |
Andalucía |
100 000 € (primer año); 5 % del volumen de negocio por venta de viajes combinados del año anterior (segundo año). No inferior a 100 000 €. Se adaptará con el volumen de ventas y mayor riesgo. |
Aragón |
Igual que Andalucía. |
Asturias |
Igual que Andalucía. |
Islas Baleares |
Igual que Andalucía. |
Canarias |
Igual que Andalucía. |
Cantabria |
Minoristas: 60 101,21 €; mayoristas: 120 202,42 €; mayoristas-minoristas: 180 303,63 €. Con más de 6 establecimientos comerciales: incremento de 12 000 € por cada establecimiento adicional. |
Castilla-La Mancha |
Minoristas: 60 000 €;mayoristas: 120 000 €; mayoristas-minoristas: 180 000 €; centrales de reservas: 60 000 €. |
Castilla y León |
Minorista; 60 101,21 €; mayorista: 120 202,42 €; mayorista-minorista: 180 303,63 €. Hasta 6 establecimientos. |
Cataluña |
5 % del volumen anual de negocios de la comercialización u organización de viajes combinados (mínimo: 100 000 €). |
Comunidad Valenciana |
Igual que Andalucía. |
Extremadura |
Igual que Andalucía. |
Galicia |
Igual que Andalucía. Se sube cuando haya un incremento de 50 % en el volumen de negocio. |
La Rioja |
Igual que Galicia. |
Comunidad de Madrid |
100 000 € (primer año). 5 % del volumen de negocio por venta de viajes combinados el año anterior (segundo año). No inferior a 100 000 €. |
Región de Murcia |
Mayoristas: 120 200 €; minoristas: 60 1000 €; mayoristas-minoristas: 180 300 €. Hasta 6 establecimientos |
Comunidad Foral de Navarra |
Minoristas: 60 000 €; mayoristas: 120 000 €; mayoristas-minoristas: 180 000 €. Hasta 6 establecimientos. |
País Vasco
|
Igual que la Comunidad Foral de Navarra. |
* Actualizado a fecha 23-05-2019.
Cabe destacar que esta es la garantía individual, una de las opciones obligatorias que dan las comunidades autónomas. La garantía también puede ser colectiva o por cada viaje combinado para cada persona.
2. Seguro de responsabilidad civil para agencias de viajes
Para iniciar la actividad también hay que presentar ante la Administración una póliza de seguro de responsabilidad civil vigente. Esta cantidad también puede variar por comunidad autónoma, pero, sea cual sea, no te preocupes; tenemos un producto que se adapta a todas.
El seguro de responsabilidad civil contempla coberturas responden por la explotación del negocio ante todo tipo de siniestros: daños personales, daños materiales y perjuicios económicos causados. Es una garantía para que la empresa pueda responder ante cualquier reclamación de terceros en la actividad normal del negocio.
3. Seguro colectivo para trabajadores de agencias de viajes
Esta póliza se exige en el caso de contratar a trabajadores. Es una protección para tus empleados, así que solo será obligatorio si has hecho contrataciones.
Los seguros para trabajadores se rigen por los convenios colectivos. En este caso, el vigente se corresponde con el convenio colectivo de agencias de viajes 2016-2018, que estipula que:
— Cada trabajador está asegurado por 30 000 € en caso de muerte o invalidez permanente absoluta derivados de accidentes que puedan producirse durante las 24 horas del día.
— Todo empleado tendrá un seguro de vida con un capital de 9 000 €.
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