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Seguro de contingencia, cancelación y suspensión de eventos
Un seguro de contingencia es una póliza para la realización de eventos que cubre las posibles reclamaciones y daños económicos producidas por algo inesperado que obligue a la suspensión del evento, por ejemplo, un fenómeno atmosférico. Este seguro de contingencias tiene como finalidad indemnizar al asegurado de todos los gastos previos desembolsados para la organización del evento en caso forzoso de cancelación, suspensión, interrupción, aplazamiento, reubicación del evento.
Dentro de la póliza se detallan explícitamente el evento asegurado, su duración, el lugar y cantidades de gastos e ingresos. Posteriormente se expresa el límite de cantidad por siniestro que recibirá el asegurado.
¿Qué se cubre en el seguro de contingencias?
Las coberturas generales del seguro de contingencia son:
- Fenómenos Meteorológicos.
- Incomparecencia del artista por enfermedad o accidente.
- Daños o Destrucción del lugar de la actuación.
- Suspensión por Fallo de suministro eléctrico público.
- Suspensión por luto nacional.
¿Qué no está cubierto?
- Dolo o mala fe del Asegurado.
- Incumplimiento, o cumplimiento defectuoso, de lo reglamentos.
- Problemas o defectos técnicos.
- Anulación de derechos de televisión y/o ingresos publicitarios.
- Insuficiencia de venta de entradas y/o falta de interés del público.
Exclusiones
Estas son algunas de las exclusiones de la póliza:
- Reclamaciones derivadas por falta de cerramiento del escenario en laterales, parte trasera o techado.
- Reclamaciones derivadas de una incorrecta protección de los equipos electrónicos contra incidencias meteorológicas.
- Coronavirus / Covid-19. Esta es otra exclusión de algunas compañías del seguro de contingencia, en la que se excluye cualquier circunstancia que surja directa o indirectamente de cualquier temor, amenaza o enfermedad. Y de las medidas adoptadas para controlar, prevenir o suprimir de alguna manera relacionada con un brote del Coronavirus / Covid-19.
Seguros de contingencia, cancelación y suspensión de eventos
Realizar un evento musical, deportivo, feria o exposición es bastante complejo y por muy bien que se tenga todo atado siempre puede ocurrir situaciones extraordinarias que obliguen a suspenderlo o cancelarlo. Por ello el seguro de contingencia, cancelación o suspensión es necesario y casi obligatorio para cualquier tipo de evento. Además, hay muchos Ayuntamientos que exigen este seguro siempre que se utilice un bien público o se de carácter social.
Como mínimo se necesita contratar un Seguro de Responsabilidad Civil con coberturas personalizadas según el tipo de evento.
¿Qué cubre la RC de un Seguro para eventos?
Aunque depende de lo que necesites asegurar en cada caso, las coberturas más habituales del seguro de responsabilidad civil para eventos son:
- Responsabilidad Civil de explotación: con el pago de indemnizaciones derivadas de daños personales, materiales o patrimoniales causados a terceros.
- Responsabilidad Civil patronal: en el caso de que tengas trabajadores contratados, debes protegerte frente a posibles reclamaciones. Incluso aunque sean trabajadores subcontratados a través de otra empresa, aunque en este último caso sería a través de la cobertura de RC Cruzada.
- Constitución de fianzas y abono de costas judiciales que se le exijan al asegurado.
- Protección, asesoramiento y defensa jurídica con la asistencia de un abogado sin coste.
- Daños a bienes de terceros.
- Daños a vehículos.